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Ayuda para la Mejora de Infraestructuras del Sector Equino

19 de Diciembre de 2022

Hoy se ha publicado la resolución de convocatoria de las Ayudas a la Mejora de Infraestructuras del Sector Equino en el Diario Oficial de Extremadura.

 

Enlace a la Resolución de convocatoria

 

Estas subvenciones van dirigidas a:

  • Municipios y entidades locales menores que posean escuelas municipales de equitación.
  • Centros deportivos ecuestres y centros de enseñanza privados en los que se ofertan clases de equitación, equitación adaptada o intervención asistida con caballos.
  • Empresas de turismo ecuestre.
  • Otras personas físicas o jurídicas que posean una explotación cuya clasificación sea de "producción y reproducción", según lo establecido en el apartado 2.1 del anexo I del Real Decreto 804/2011, de 10 de junio.

 

La subvención consiste en la percepción económica de una ayuda que cubre el 75 % del coste de la inversión subvencionable (sin incluir el IVA), con una cuantía máxima de:

 

  • 50.000 euros para los Municipios y entidades locales menores, Centros deportivos ecuestres y centros de enseñanza privados donde se ofertan clases de equitación y Empresas de turismo ecuestre. Conforme al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, el importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
  • 20.000 euros para las personas físicas o jurídicas que posean explotaciones de producción y reproducción. Conforme al Reglamento Reglamento (UE) n.º 1408/2013, modificado por Reglamento (UE) 2019/316, de 21 de febrero, el importe total de las ayudas de mínimis concedidas por un Estado miembro no excederá de 20.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

 

Las actividades subvencionables son:

  • Instalación, construcción y reparación de cuadras, cercados, refugios, caminadores y potros de contención, destinados al alojamiento y manejos de animales.
  • Instalaciones necesarias para la práctica de la equitación: pistas de entrenamiento cubiertas/descubiertas, duchas para los animales, guadarnés y vestuarios.
  • Honorarios del personal técnico derivados de redacciones de proyectos o memorias técnicas necesarios para la construcción de las inversiones subvencionables.
  • Otras mejoras e instalaciones complementarias necesarias para la viabilidad del centro ecuestre; tratándose estas de inversiones que mejoren la oferta de servicios en la prácticas o deportes ecuestres, intervención asistida con caballos y/o turismo ecuestre.

*En el caso de las personas físicas o jurídicas cuyas explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas sean de producción y reproducción, solo serán subvencionables Instalaciones necesarias para la práctica de la equitación: pistas de entrenamiento cubiertas/descubiertas, duchas para los animales, guadarnés y vestuarios.

 

Estas ayudas se conceden por concurrencia competitiva. Esto quiere decir que a cada expediente se le da una puntuación, la cual está establecida por los criterios de valoración del artículo 8 del Decreto 140/2018, de 28 de agosto. Aquellas personas solicitantes que no obtengan una puntuación mínima de 16 puntos no podrán beneficiarse de estas ayudas.

 

Si estás interesad@ en solicitar la ayuda, debes enviar por el Sistema de Registro a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Dirección General de Agricultura y Ganadería - Servicio de Producción Agararia), la solicitud debidamente cumplimentada, contenida en el ANEXO I de la Resolución de 2 de diciembre de 2022 por la que se establece la convocatoria de subvenciones a la mejora de infraestructuras del sector equino, así como el resto de documentación del APARTADO QUINTO de la mencionada Resolución.

 

La dotación presupuestaria para esta convocatoria de 2023 asciende a un total de 350.000 euros .El plazo de envío de solicitudes comprenderá 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el DOE de la Resolución de convocatoria. Esto es:

 

Desde el 20 de diciembre de 2022 hasta el 3 de enero de 2023, ambos incluidos.

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