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Dudas frecuentes sobre la convocatoria de 2019 para las subvenciones a la cría, selección y doma de caballos de silla

2 de Octubre de 2019

El día 8 de agosto fue publicada en el DOE la convocatoria de 2019 de las ayudas para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla. Debido a que se encuentra próxima la fecha de inicio de envío de solicitudes (a partir del 15 de octubre), os dejamos la siguiente información:

 

¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?

Cualquier persona física o jurídica, dedicada a la ganadería equina en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que cumpla con lo establecido en los artículos 4 y 5 del Decreto 147/2018, de 4 de septiembre.

 

¿En qué consiste la ayuda?

Consiste en la percepción económica de 5.000 euros por aquellos caballos o yeguas que cumplan las condiciones necesarias para ser considerado un concepto subvencionable. La ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva dentro de cada modalidad de ayuda.

 

¿Qué debe cumplir el caballo o yegua para que sea considerado un concepto subvencionable?

Serán conceptos subvencionables aquellos que cumplan las siguientes condiciones:

 a) Haber nacido en la ganadería de procedencia y haber sido identificados en la misma según la normativa vigente.

b) Edad comprendida entre los 4 y 7 años, ambos incluidos.

c) Estar ubicados en la ganadería de procedencia en el momento de realizar la solicitud. También se incluirán aquellos que hayan sido trasladados a centros de entrenamiento o picaderos para su preparación y doma dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

d) Su titularidad haya permanecido constante desde el nacimiento hasta el momento de realización de la solicitud.

e) Que el mismo haya obtenido uno de los tres primeros puestos en las competiciones territoriales, nacionales y/o internacionales acaecidas durante el periodo deportivo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y 10 de octubre de 2019.

 

Si el jinete o amazona que concursa con el caballo no es extremeño, ¿puedo solicitar la ayuda?

Sí. El requisito es que el caballo o yegua haya estado entrenándose en un centro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 

¿Qué modalidades de ayuda están convocadas?

Las modalidades de ayuda susceptibles de ser solicitadas son

  • Modalidad Doma Clásica: caballos que se hayan clasificado en reprises a partir de nivel 1
  • Modalidad Doma Vaquera: caballos que participen en pruebas a partir de nivel 1
  • Modalidad Raid: caballos clasificados en pruebas de promoción 40 km y superiores
  • Modalidad Salto de Obstáculos: caballos clasificados en pruebas de 0,90 metros o superiores

Se contemplarán las categorías del jinete y/o amazona y edad del caballo establecidas en los respectivos Reglamentos de la Real Federación Hípica Española y Federación Ecuestre Internacional para cada prueba en función de la modalidad de ayuda solicitada.

 

¿Qué importe hay asignado para cada una de las modalidades?

La asignación económica fijada para cada modalidad de ayuda será de 15.000 euros. En caso de que una modalidad de ayuda se considere desierta o no exista suficientes productos subvencionables, se pasará la asignación económica correspondiente a la siguiente modalidad de ayuda con mayor número de solicitudes.

 

¿Qué competiciones pueden ser incluidas dentro de los criterios de valoración?

Las oficiales territoriales, así como nacionales e internacionales organizadas por la Federación de Hípica Autonómica, Española o la FEI.

 

¿Cómo solicito esta ayuda?

Se debe remitir por registro único la siguiente documentación al Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura:

- Anexo I y II debidamente cumplimentado donde se incluyen las declaraciones responsables.

- Copia del NIF de la persona física o jurídica, en caso de que la persona solicitante se oponga a la consulta de oficio marcando la casilla correspondiente del anexo I.

- Copia del documento de identificación equina (DIE) o pasaporte.

- Copia del Libro de explotación actualizado.

- Documentos probatorios de la clasificación del caballo durante el periodo deportivo comprendido entre el 1 de enero y 10 de octubre de 2019. Para ello se aceptará una certificación acreditativa expedida por la Federación de Hípica correspondiente.

En caso de que una misma persona física o jurídica presente solicitud por más de un caballo o yegua de su propiedad, deberá enviar toda la documentación para cada uno de los productos, incluyendo los correspondientes anexos I y II.

 

¿Cuándo se deben enviar las solicitudes?

El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del 15 de octubre de 2019.

 

Si estás interesado en solicitarla, no dudes en leer la Resolución de 25 de julio de 2019 en http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2019/1530o/19061936.pdf